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Teletrabajo: Una nueva realidad

31 de julio de 2020

El Teletrabajo no es una idea o concepto nuevo; desde que la tecnología ha permitido que la conexión entre personas sea algo cotidiano y asequible, han surgido nuevas formas de correlacionarnos, afectando por consecuencia las relaciones laborales.


Bogotá, julio 2020-. 
A comienzos del año 2020, era impensable el dimensionar las repercusiones que tendría en nuestras vidas cotidianas la pandemia del coronavirus, una de ellas es la enorme relevancia que han tomado las formas de trabajo a distancia, lo cual ha sido una consecuencia directa de las medidas de cuarentena o aislamiento obligatorio que ha ordenado el Gobierno Nacional para mitigar las consecuencias del Covid – 19. Esto ha provocado que las empresas hayan tenido que implementar alternativas laborales como el teletrabajo o el trabajo en casa, con el fin de continuar en funcionamiento.

El Teletrabajo no es una idea o concepto nuevo; desde que la tecnología ha permitido que la conexión entre personas sea algo cotidiano y asequible, han surgido nuevas formas de correlacionarnos, afectando por consecuencia las relaciones laborales. En Colombia el Teletrabajo está Reglamentado en la Ley 1221 del año 2008, la cual otorga una definición legal a esta forma de trabajo y establece los requisitos, derechos, límites y aspectos para su implementación.

En los términos de ley el Teletrabajo se define como “una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y comunicación -TIC – para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo”.  Por lo tanto, en esta modalidad de trabajo no es necesario que el trabajador se desplace a una oficina para prestar sus servicios, ahorrando tiempo y costos tanto para la empresa como para el empleado.

Esta virtualidad en la prestación del servicio es la que ha permitido que en estos tiempos de aislamiento, los empleados puedan continuar trabajando desde sus casas, sirviéndose de las tecnologías de la información para intercambiar documentos, hacer trámites ante entidades del estado, empresas privadas, contactar clientes etc., convirtiéndose en la modalidad de trabajo por excelencia en la prestación de servicios, tanto en empresas privadas como en diferentes entidades estatales y de prestación de servicios públicos.

Más allá de la conveniencia del Teletrabajo en la contingencia actual, esta forma de trabajo tiene muchos beneficios tanto para la empresa como para el trabajador, todos ellos resaltados he impulsados por el Gobierno en la página web teletrabajo.gov.co, la cual resalta en detalle todos los beneficios de este tipo de contratación e insta a que las empresas obtén por estas alternativas. Los beneficios principales a nivel empresarial son la reducción en los costos fijos, tales como el pago de servicios públicos, arrendamiento, mobiliario, el aumento en la productividad, la reducción en los índices de contaminación y el cambio climático. Y para el trabajador ofrece beneficios sustanciales para su calidad de vida, ya que le ahorra tiempo y gastos derivados del desplazamiento a la oficina que le permiten equilibrar mejor su vida personal y laboral.

Es importante resaltar que el teletrabajo es diferente al simple trabajo en casa, ya que tiene que ser incorporado desde el mismo contrato de trabajo o mediante un otro si, deben incluirse reglas especiales para los Tele trabajadores en el Reglamento Interno del Trabajo y finalmente debe haber una revisión del espacio que conformará el puesto de trabajo, para cumplir con unas condiciones mínimas de seguridad y salud.

Sería de gran beneficio que, a partir de esta experiencia, las empresas comiencen a tener en cuenta el teletrabajo como una opción para disminuir costos y dar mejor calidad de vida de sus trabajadores. Para la implementación, planeación y ejecución del teletrabajo en sus empresas, pueden contactarnos al correo electrónico [email protected] o al número fijo (1)749 8261