Lo que debe saber para presentar la declaración de renta este año

17 de julio de 2018
 

Desde el próximo 9 de agosto hasta el 19 de octubre se vencerán las fechas máximas establecidas para que los 2,6 millones de personas naturales obligadas a declarar el impuesto de renta presenten ante la Dian su formulario correspondiente al año gravable 2017 que deberá calcularse por primera vez a través del sistema de renta cedular establecido en la Reforma Tributaria de 2016.

“Con este nuevo mecanismo, los ingresos de los contribuyentes se clasificarán de acuerdo con su origen y se dará un tratamiento particular a cada perfil dividiéndose las cédulas de la siguiente manera: rentas de trabajo, de pensiones, de capital, no laborables y de dividendos y participaciones”, explicó Adriana del Pilar Solano, directora de Gestión de Ingresos (E) de la Dian en rueda de prensa.

A partir de ahora, en las rentas de trabajo se colocarán los ingresos por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales o viáticos, entre otros; en las de pensiones se incluirán los dineros percibidos por jubilación, invalidez, vejez o riesgos laborales; y en las de capital aparecerán rendimientos financieros o entradas de dinero por arrendamientos.

“Este sistema busca que solo se resten de cada tipo de ingresos las deducciones relacionadas con ese dinero dándole transparencia al resultado por cada actividad desarrollada y no como antes donde se tenía un solo total de los ingresos y se restaban los beneficios de todos. Esto generaba que muchas veces rentas de capital no pagaran impuestos porque quedaban cubiertas por beneficios laborales”, explicó Claudia Camargo, directora de impuestos de la compañía BDO.

Por su parte, las rentas de dividendos incluirán los ingresos provenientes de sociedades y entidades tanto nacionales como extranjeras y, por último, en las no laborales clasificarán aquellos ingresos que no estén en el resto. Aquí podrían aparecer algunos como los honorarios percibidos por las personas naturales que presten servicios y que contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos dos o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.

¿Quién debe declarar? 

Este año, deberán tributar aquellos contribuyentes que el año pasado obtuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $44,6 millones, es decir, que ganaron al mes $3,7 millones. También deberán presentar la declaración las personas que vieron exceder su patrimonio $143,3 millones en el último día del año gravable de 2017, los que realizaron consumos mediante tarjeta de crédito por encima de $44,6 millones o los que hicieron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor acumulado superior a $44,6 millones.

“Este último tope se redujo de $140 millones a $44,6 millones. Con esta reducción, se espera un incremento pero que no va a ser tan significativo. En total, estimamos llegar a un recaudo de renta de $2 billones”, manifestó la experta de la Dian.

Otros cambios 
A parte de la eliminación del sistema Iman e Imas, este año los también se empezarán a gravar los dividendos con una tasa progresiva que va de 0% a 10% y las exenciones y deducciones se limitaron a 40% del ingreso total.

 

 

Publicado en La República, disponible aquí