5457451

ABC para la inversión extranjera en Colombia

10 de junio de 2019

Por: Jeisson Gómez, subdirector de G&D Consulting Group.

 

Actualmente, Colombia es uno de los principales destinos de inversión de la región, en gran parte, por su localización privilegiada, oportunidades comerciales y estabilidad jurídica. A continuación, algunos puntos a tener en cuenta, por parte de los inversionistas, frente al sistema tributario, tratados internacionales, operaciones de comercio exterior y de control cambiario; claves para emprender o potenciar la inversión en el país.

 

Acuerdos de doble imposición

 

Colombia ha suscrito varios convenios bilaterales o multilaterales con otros países con el fin que el inversionista no sea gravado fiscalmente dos veces, a través de los Acuerdos para evitar la Doble Tributación Internacional. Estos tratados también fomentan la cooperación entre Estados para combatir la evasión fiscal y promover el intercambio comercial entre las naciones involucradas

 

Algunos de los países con los que Colombia ha suscrito estos acuerdos son Canadá, República Checa, Suiza, Portugal, España, Chile, India, Corea del Sur, México y la Comunidad Andina de Naciones (Perú, Ecuador y Bolivia).

 

Tratados de libre comercio

 

A través de la red de Tratados de Libre Comercio (TLC) negociados, Colombia ha logrado acceso a más de 64 mercados. Estos Acuerdos procuran la creación de un marco jurídico justo, con reglas claras y mecanismos de protección a la IED, para los inversionistas.

 

Colombia ha suscrito TLC con naciones como Chile, Canadá, Cuba, Unión Europea, Costa Rica, Corea, Venezuela, Comunidad Andina (CAN), Triángulo del Norte (El Salvador, Guatemala y Honduras), Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), entre otros; incluidos algunos de los países con mayor flujo económico (a marzo de 2018), entre ellos Estados Unidos, España, México e Inglaterra; según informes del Banco de la República.

 

Zonas francas

 

Otro gran atractivo que tiene el país es un régimen de zonas francas que permite a las compañías, que allí se instalen, desarrollar actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.

 

Parte de los objetivos de este régimen es promover el empleo, la competitividad y la generación de nuevas inversiones, así como la creación de economías de escala.

 

Hoy, Colombia cuenta con alrededor de 112 zonas francas, en las que ya se han establecido 961 empresas que generan 307.447 empleos. Algunas de ellas son la Zona Franca de Bogotá, Zona Franca de Barranquilla, Zona Franca del Valle de Aburrá, Zona Franca de Santa Marta, Zona Franca de Santander, Zona Franca del Pacífico, entre otras.

 

Inversión extranjera

 

Los extranjeros que realicen inversiones de capital del exterior en territorio colombiano, directas y de portafolio, deben canalizar a través del mercado cambiario los ingresos y egresos de divisas por estos conceptos, mediante intermediarios financieros (entidades bancarias) que, a su vez, deben reportar los valores recibidos al Banco de la República de Colombia. En este sentido, los formularios cambiarios que más se utilizan son:

 

  • Registro de inversiones internacionales (formulario N° 4).
  • Operaciones de compra o venta de divisas por venta de servicios, transferencias y otros conceptos (formulario N° 5).
  • Monetizaciones por endeudamiento (formulario N° 6).
  • Movimientos de las inversiones: cancelación y sustitución del registro de inversión extranjera (formulario N°11 o 11A).

 

Sociedades comerciales

 

El inversionista que quiera desarrollar sus negocios en Colombia, de manera permanente, debe constituir una sociedad comercial que, personalmente o mediante su apoderado, registre los estatutos que cumplan con la ley colombiana en cámara de comercio.

 

En los últimos años, la forma corporativa que más se ha utilizado para establecer inversión en Colombia, por su practicidad, es la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S). Otras de las sociedades utilizadas, para canalizar inversión extranjera, son la Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. A), Sociedad Colectiva (CIA) y Sucursal de Sociedad Extranjera.   

 

Régimen tributario

 

En materia fiscal y tributaria las generalidades que debe considerar el inversionista extranjero son:

 

Tributación de personas extranjeras

 

  – Tarifa general: 33%

  – Consultoría y servicios técnicos: 15%

  – Pagos por ejecución de espectáculos públicos: 8%

  – Contrato de llave en mano y demás contratos de confección de obra material: 1%

  – Pagos o abonos en cuenta realizados a la casa matriz, por concepto de gastos de administración o dirección, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país: 15%

 

Los principales impuestos nacionales son el impuesto sobre la renta (33%), el impuesto al valor agregado – IVA (19%), el impuesto nacional al consumo (8%), el gravamen a los movimientos financieros – GMF (0,4%); y los impuestos territoriales de Industria y Comercio (ICA) con tarifas entre el 0,5% al 1,5%, dependiendo de la actividad a desarrollar.

 

Así mismo, existen incentivos fiscales sobre el impuesto de renta, entre los cuales se encuentran algunas deducciones por gastos que van hasta el 100%; rentas exentas; y descuentos equivalentes al 75% del impuesto determinado por el sistema de renta presuntiva del contribuyente.

 

Entes reguladores

 

Resulta importante para el inversionista conocer las principales entidades de control y sanción en Colombia, en relación a cambios internacionales. En este sentido, la Superintendencia de Sociedades se encarga de vigilar las operaciones de inversión extranjera y de endeudamiento externo para capital de trabajo que realicen las empresas en general. Por su parte, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) controla las operaciones de comercio exterior.

 

Publicado en nuestra revista Business Mail, disponible aquí