Estas son las condiciones para la cuarentena por localidades en Bogotá


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La alcaldesa Claudia López recordó que estas medidas fueron adoptadas con la aprobación del Gobierno Nacional y reiteró la necesidad de mantener las medidas de autocuidado para reducir la velocidad de propagación del covid-19.

Bogotá, 13 de julio de 2020 (AmCham Colombia).- Este lunes 13 de julio  comenzó una nueva fase en el proceso de evitar la rápida expansión del covid-19 en Bogotá. Como un servicio a la Comunidad AmCham Colombia, presentamos un resumen de las principales determinaciones del decreto 169 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

La alcaldesa Claudia López recordó que estas medidas fueron adoptadas con la aprobación del Gobierno Nacional y reiteró la necesidad de mantener las medidas de autocuidado para reducir la velocidad de propagación del covid-19.

 

Los principales aspectos del decreto 195 de la Alcaldía Mayor de Bogotá son

  • Da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio en Bogotá desde el 16 de julio y hasta el 31 de agosto de 2020.
  • Establece  el pico y cédula dentro de este mismo período y para el ingreso a cualquier establecimiento contemplado dentro de las actividades excluidas, y los casos en los cuales no aplicará.
  • Declara ALERTA ROJA en el sistema hospitalario de la ciudad con el fin de mitigar el impacto de la pandemia en Bogotá y en la red prestadora de servicios de salud.
  • Declara la ALERTA NARANJA general para Bogotá como consecuencia del informe de ocupación de UCI’s emitido por la Secretaría Distrital de Salud.
  • Adicionalmente, establece medidas de bioseguridad obligatorias para los habitantes y los titulares de actividades económicas (uso de tapabocas, distanciamiento físico, medidas de higiene y distanciamiento para el personal, clientes y funcionamiento de los establecimientos y locales abiertos al público).
  • Suspende la venta presencial de los elementos cubiertos por la medida de Día Sin IVA (19 de julio), como medida sanitaria preventiva y de control.
  • Autoriza el reinicio de actividades orientadas a reactivar los convenios docencia-servicios de estudiantes que se encuentren cursando los dos últimos años de carrera, de las facultades de ciencias de la salud.
  • Restringe cualquier tipo de aglomeración de personas en el espacio público.
  • Establece medidas de teletrabajo y trabajo en casa, buscando que las entidades públicas y las empresas programen que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, desarrollen sus funciones bajo estas modalidades.
  • Dispone medidas especiales limitando la libre circulación de vehículos y personas en las siguientes localidades (con las excepciones establecidas para la adquisición de alimentos, medicamentos, prestación de servicios administrativos, operativos, profesionales de los servicios públicos y privados de salud, orden público, seguridad y fuerza mayor).
    • Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Tunjuelito, Usme, Los Mártires, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar: 13 de julio al 27 de julio.
    • Bosa, Kennedy, Fontibón, Puente Aranda: 27 de julio al 10 de agosto.
    • Engativá y Suba: 10 de agosto al 24 de agosto.
  • Adicionalmente, establece excepciones para:
    • Atención de emergencias;
    • Cadena de producción y abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad; alimentos, bebidas; alimentos y medicinas veterinarias; insumos agrícolas.
    • Comercio electrónico; 
    • Comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y compra para llevar;
    • Prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento, soporte y emergencias de servicios públicos domiciliarios e infraestructura crítica de TI y servicios conexos, BPO, centros de servicios compartidos, redes y data center;
    • Servicios bancarios, financieros y notariales, vigilancia privada y transporte de valores y operadores postales de pago;
    • Personal indispensable para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita y digital;
    • Ejecución de obras civiles públicas y privadas (estas últimas con personal que no provenga de localidades en cuarentena estricta);
    • Personal para la ejecución de actividades de mantenimiento de empresas, plantas industriales o minas, que requieran mantener su operación ininterrumpidamente;
    • Actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.
  • Las autorizaciones para reactivación económica, no serán aplicables en las localidades que se encuentren en periodo de cuarentena estricta. 
  • Finalmente, establece una serie de disposiciones para Corabastos en relación con las jornadas de lavado, limpieza y desinfección los fines de semana y un día aleatorio a la semana.

 

Descargue el decreto 169 de la Alcaldía de Bogotá aquí

Visite el especial de AmCham Colombia con todas las medidas legales para enfrentar la crisis sanitaria y económica del covid-19, aquí 

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