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¿Conoces el decreto 1555 de 22 de septiembre de 2017 – ministerio de hacienda y crédito público?

12 de noviembre de 2020

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de transacciones de bienes o productos de origen agrícola, pecuario y/o pesquero, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria

Según el decreto 1555 de 2017…” Los pagos o abonos en cuenta por concepto de transacciones de bienes o productos de origen agrícola, pecuario y/o pesquero, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, que se realicen o registren a través de las bolsas de productos agropecuarios legalmente constituidas en los sistemas administrados por éstas, NO ESTÁN SOMETIDOS A RETENCIÓN EN LA FUENTE, CUALQUIERA FUERE SU CUANTÍA.”

Este producto se llama registro de facturas y se realiza a través de la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC), antigua Bolsa Nacional Agropecuaria, su operatividad es muy sencilla y las ventajas muy eficientes:

•             Optimiza el flujo de caja.

•             Obtiene liquidez sin afectar el cupo de crédito.

•             Mediante una planeación tributaria, evitará el desgaste operativo de solicitar devoluciones ante la DIAN.

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