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Consejos que debe tener en cuenta al hacer su declaración de renta

9 de agosto de 2018

La Dian espera la declaración de más de 2,6 millones de personas naturales

 

Dejar para después la declaración de renta puede ser uno de los errores más grandes para sus finanzas ya que las sanciones llegan a 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes, o a $332.000 en caso de que no tenga que efectuar un pago. Por esto es importante conocer el calendario de vencimiento, que inicia hoy y que muestra el último día que tiene de plazo para presentar el trámite.

 

Teniendo en cuenta, que este año los montos mínimos para declarar bajaron (ver gráfico) varias personas son nuevas y los expertos señalan que no se deben asustar, sino informarse ante cuál es la mejor manera para evitar errores. Acá los expertos le entregan cinco consejos básicos y le recuerdan los documentos necesarios para que sepa cómo hacer este procedimiento si es uno de los más de 2,6 millones de personas naturales que la Dian espera presenten este año el trámite.

 

Lo primero que debe tener en cuenta es que usted está obligado a declarar renta si cumple estas condiciones: un patrimonio bruto en 2017 que fue superior a $143,3 millones; si los consumos mediante tarjeta de crédito fueron superiores o iguales a $44,6 millones; si los ingresos brutos superaron los $44,6 millones y si el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras fueron también por más de $44,6 millones, como explicó Cecilia Rico, directora de gestión de riesgos de la Dian.

 

Otro aspecto es que debe incluir el total de bienes, porque en caso de que no lo haga o incluya pasivos que no existan, inmediatamente se entenderá como evasión fiscal, por lo que la sanción puede ser de hasta 200% del impuesto determinado por ocultar esa información.

 

Estar fuera del país no es una condición que lo excluya inmediatamente de esta responsabilidad, pues si tiene bienes y propiedades en Colombia que sean mayores a $143,3 millones debe declarar esos bienes o ingresos que estén radicados en el país.

 

Otro de los aspectos importantes a tener en cuenta, son los documentos necesarios, por lo que David Nieto, coordinador del área financiera de la Facultad de Economía de la Universidad El Bosque, explicó que se necesitan “el certificado de ingresos y retenciones en el caso de un empleado (este se lo entrega la empresa), el impuesto predial de las propiedades e impuestos de vehículos para conocer el avalúo y todos los certificados de bancos de los productos bancarios que tenga. Los bancos entregan esta certificación por sus páginas o los envían al correo.

 

Ahora, si definitivamente usted no puede hacer este proceso puede recurrir a un contador, aunque debe saber que la Dian tiene a disposición el programa “Ayuda renta”, y lo que manifiesta Nieto es que es más sencillo de lo que se cree, ya que “está dirigido para aquellos que tienen que diligenciar el formulario 210, que son empleados, profesionales y trabajadores independientes, rentistas de capital, obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales”.

 

Publicado en La República, disponible aquí