Operador Económico Autorizado: ¿qué cambios vienen para los importadores y exportadores colombianos?
29 de mayo de 2019
En el marco del Comité de Comercio Exterior, de AmCham Colombia, se conocieron las recientes novedades normativas, así como los beneficios y requisitos para las empresas que hacen parte de este mecanismo.
Un total de 80 empresas ya están autorizadas como Operador Económico Autorizado (OEA) en Colombia, de las cuales la mayoría son exportadoras (41), algunas importadoras (18), otras que cuentan con la doble calidad de importadoras y exportadoras (18), y otras son agencias de aduanas (3).
Así lo reportó, Luz Dary Murcia, coordinadora del Operador Económico Autorizado (OEA) de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), durante el más reciente Comité de Comercio Exterior de AmCham Colombia, en el que también señaló que, a la fecha, hay 200 trámites en curso de OEA que se están gestionando al interior de la entidad junto con las demás autoridades competentes.
Beneficios OEA
A nivel general, todos los OEA tienen diversas ventajas, entre ellas el reconocimiento como un operador seguro y confiable; la utilización de canales especiales para la realización de las operaciones de comercio exterior que se surtan ante las autoridades de control; y la reducción del 20% del monto total final que resulte del cálculo para la constitución o renovación de garantías globales ante la DIAN, entre otros.
Para el OEA importador también existen beneficios específicos como la disminución del número de reconocimientos, inspecciones físicas y documentales para las operaciones de importación por parte de la Dian; el reembarque de las mercancías que, al momento de la intervención aduanera en el control previo y simultáneo, resulten diferentes a las negociadas y que llegaron al país por error del proveedor; así como no presentar declaración aduanera anticipada en los casos en que esta sea obligatoria.
De igual forma, el OEA exportador tiene autorización para llevar a cabo la inspección de mercancías objeto de exportación ordenada por el ICA en las instalaciones del exportador y depósito habilitado; la inspección no intrusiva, por parte de la Policía Nacional, para las operaciones de exportación; y no constituir garantías para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones aduaneras; entre otros beneficios.
Acuerdos de Reconocimiento Mutuo
En materia de convenios, según Murcia, en julio del año pasado se firmó el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con México, Perú y Chile, el cual está en proceso de implementación. Para quienes son Operadores Económicos Autorizados pueden acceder a la guía de aplicación de los beneficios de este acuerdo, publicada en el micrositio OEA de la página web de la Dian.
Así mismo, “el pasado 24 de mayo se firmó el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con Bolivia, Ecuador y Perú; países que, junto con Colombia, conforman la Comunidad Andina de Naciones. También, están en proceso acuerdos de este tipo con Costa Rica y Mercosur; y, entre los pendientes para los próximos años, está proyectado este Acuerdo con Estados Unidos, teniendo en cuenta que es el principal socio comercial de Colombia”, señaló la funcionaria.
Novedades y cambios normativos
De acuerdo con Murcia, actualmente está en trámite de firma la Resolución de Importadores con los requisitos de Invima. “Esperamos que este proceso concluya próximamente, de manera que, de aquí a un mes, se tenga aval para contarles que está abierto el programa para importadores con el Invima que nos faltaba”.
El Invima también hizo ajustes en los requisitos de exportadores, teniendo en cuenta que, en un principio, se habían enfocado a temas de alimentos, dejando por fuera requisitos relacionados con otras áreas misionales como el control de medicamentos, cosméticos, productos biomédicos, entre otros.
En el tema de instalaciones portuarias, según la funcionaria, también se están haciendo ajustes jurídicos. Además, en la Comisión Intersectorial OEA que se realizó este año, se decidió que la continuidad del programa se hará durante los próximos cuatro años para transportadores, depósitos, agentes de carga y courriers, respectivamente. En este momento, se están adelantado las mesas técnicas con las entidades vinculadas al tema de transportadores terrestres.
Cabe resaltar que, en materia normativa, están vigentes el Decreto 3568 de 2011 con sus respectivas modificaciones, la Resolución 015 de 2016 y los beneficios que se incorporaron en el Decreto 390 de 2016, que establece el OEA como usuario de mejor calidad en la Legislación Aduanera, la cual actualmente está siendo objeto de una modificación que saldrá próximamente y que incluye los beneficios vigentes del Operador Económico Autorizado.
Respecto al Decreto 3568 de 2011 se está trabajando en un proyecto de modificación, puesto que, “se han presentado situaciones que no se previeron antes de su implementación y requieren tratarse, referentes a temas como las solicitudes de compensación, accionistas y precisiones frente al representante líder OEA”, aseguró la funcionaria.
Operador Económico Autorizado: ¿qué cambios vienen para los importadores y exportadores colombianos?
En el marco del Comité de Comercio Exterior, de AmCham Colombia, se conocieron las recientes novedades normativas, así como los beneficios y requisitos para las empresas que hacen parte de este mecanismo.
Un total de 80 empresas ya están autorizadas como Operador Económico Autorizado (OEA) en Colombia, de las cuales la mayoría son exportadoras (41), algunas importadoras (18), otras que cuentan con la doble calidad de importadoras y exportadoras (18), y otras son agencias de aduanas (3).
Así lo reportó, Luz Dary Murcia, coordinadora del Operador Económico Autorizado (OEA) de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), durante el más reciente Comité de Comercio Exterior de AmCham Colombia, en el que también señaló que, a la fecha, hay 200 trámites en curso de OEA que se están gestionando al interior de la entidad junto con las demás autoridades competentes.
Beneficios OEA
A nivel general, todos los OEA tienen diversas ventajas, entre ellas el reconocimiento como un operador seguro y confiable; la utilización de canales especiales para la realización de las operaciones de comercio exterior que se surtan ante las autoridades de control; y la reducción del 20% del monto total final que resulte del cálculo para la constitución o renovación de garantías globales ante la DIAN, entre otros.
Para el OEA importador también existen beneficios específicos como la disminución del número de reconocimientos, inspecciones físicas y documentales para las operaciones de importación por parte de la Dian; el reembarque de las mercancías que, al momento de la intervención aduanera en el control previo y simultáneo, resulten diferentes a las negociadas y que llegaron al país por error del proveedor; así como no presentar declaración aduanera anticipada en los casos en que esta sea obligatoria.
De igual forma, el OEA exportador tiene autorización para llevar a cabo la inspección de mercancías objeto de exportación ordenada por el ICA en las instalaciones del exportador y depósito habilitado; la inspección no intrusiva, por parte de la Policía Nacional, para las operaciones de exportación; y no constituir garantías para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones aduaneras; entre otros beneficios.
Acuerdos de Reconocimiento Mutuo
En materia de convenios, según Murcia, en julio del año pasado se firmó el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con México, Perú y Chile, el cual está en proceso de implementación. Para quienes son Operadores Económicos Autorizados pueden acceder a la guía de aplicación de los beneficios de este acuerdo, publicada en el micrositio OEA de la página web de la Dian.
Así mismo, “el pasado 24 de mayo se firmó el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con Bolivia, Ecuador y Perú; países que, junto con Colombia, conforman la Comunidad Andina de Naciones. También, están en proceso acuerdos de este tipo con Costa Rica y Mercosur; y, entre los pendientes para los próximos años, está proyectado este Acuerdo con Estados Unidos, teniendo en cuenta que es el principal socio comercial de Colombia”, señaló la funcionaria.
Novedades y cambios normativos
De acuerdo con Murcia, actualmente está en trámite de firma la Resolución de Importadores con los requisitos de Invima. “Esperamos que este proceso concluya próximamente, de manera que, de aquí a un mes, se tenga aval para contarles que está abierto el programa para importadores con el Invima que nos faltaba”.
El Invima también hizo ajustes en los requisitos de exportadores, teniendo en cuenta que, en un principio, se habían enfocado a temas de alimentos, dejando por fuera requisitos relacionados con otras áreas misionales como el control de medicamentos, cosméticos, productos biomédicos, entre otros.
En el tema de instalaciones portuarias, según la funcionaria, también se están haciendo ajustes jurídicos. Además, en la Comisión Intersectorial OEA que se realizó este año, se decidió que la continuidad del programa se hará durante los próximos cuatro años para transportadores, depósitos, agentes de carga y courriers, respectivamente. En este momento, se están adelantado las mesas técnicas con las entidades vinculadas al tema de transportadores terrestres.
Cabe resaltar que, en materia normativa, están vigentes el Decreto 3568 de 2011 con sus respectivas modificaciones, la Resolución 015 de 2016 y los beneficios que se incorporaron en el Decreto 390 de 2016, que establece el OEA como usuario de mejor calidad en la Legislación Aduanera, la cual actualmente está siendo objeto de una modificación que saldrá próximamente y que incluye los beneficios vigentes del Operador Económico Autorizado.
Respecto al Decreto 3568 de 2011 se está trabajando en un proyecto de modificación, puesto que, “se han presentado situaciones que no se previeron antes de su implementación y requieren tratarse, referentes a temas como las solicitudes de compensación, accionistas y precisiones frente al representante líder OEA”, aseguró la funcionaria.
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