Edición 220 - Sostenibilidad empresarial: estrategias para un futuro sostenible 2026
La sostenibilidad también se planea en la declaración de renta

Por: Sofía Salazar Agudelo, abogada asociada de BachCo Capital.
Las inversiones en sostenibilidad suelen evaluarse como un costo o un asunto reputacional. Sin embargo, la legislación colombiana vigente ofrece incentivos tributarios que reducen de manera importante el costo de invertir en energías renovables, eficiencia energética y control ambiental, siempre que se cumplan a tiempo requisitos formales que suelen pasarse por alto.
El primer grupo está en la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021. Quienes inviertan directamente en fuentes no convencionales de energía o en gestión eficiente de la energía pueden deducir de su renta el 50 % de la inversión, durante un máximo de 15 años contados desde el año gravable siguiente a su entrada en operación, sin superar el 50 % de la renta líquida de cada año. A ello se suman la exclusión de IVA, la exención de aranceles y la depreciación acelerada.
El requisito común es el certificado de la UPME. La Resolución 563 de 2026, expedida el 5 de agosto, unificó los requisitos, el procedimiento y las tarifas para obtenerlo, e incluyó una definición expresa de los proyectos de hidrógeno. A su vez, la DIAN reiteró en el Concepto 146 de 2026 que el certificado es condición del beneficio, pero no cambia el inicio de la deducción. Si el certificado no está listo al momento de la compra, el IVA se paga y luego debe pedirse su devolución, con el consiguiente costo de caja.
El segundo grupo es el descuento del artículo 255 del Estatuto Tributario: las personas jurídicas pueden descontar del impuesto de renta el 25 % de las inversiones en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente realizadas en el año, previa acreditación de la autoridad ambiental competente. Está sujeto al límite del artículo 258, cuyo exceso puede tomarse en los cuatro años siguientes, y al límite del 3 % de la renta líquida ordinaria del artículo 259-1.
Para que estos incentivos se traduzcan en ahorro real, conviene atender tres aspectos. Primero, el calendario: el descuento ambiental se aplica en el año de la inversión y la deducción de la Ley 1715, desde el año siguiente a la entrada en operación, de modo que la compra, la puesta en marcha y el certificado deben planearse juntos. Segundo, la documentación: facturas, contratos y soportes técnicos deben coincidir con lo certificado. Tercero, la tasa mínima de tributación del 15 %, introducida por la Ley 2277 de 2022, que puede absorber parte del beneficio si no se modela con anticipación.
Además, el proyecto de reforma tributaria radicado el 20 de julio de 2026 propone ajustar algunos de estos incentivos, por lo que conviene seguir su trámite.
La sostenibilidad empresarial suele discutirse en términos de reportes y compromisos. Incorporarla a la planeación tributaria permite financiarlos de manera más eficiente. La recomendación práctica es revisar, antes del cierre del año, qué proyectos ambientales o energéticos pueden acceder a estos beneficios, qué certificaciones requieren y en qué momento conviene ejecutarlos.
Octubre 2026