Edición 170 - Recursos Humanos 2021          


Nuevas licencias parentales: mayor equidad de género en el hogar y el trabajo

Foto Barrera Palacio Abogados

Por Jorge Alberto Palacio Riveros, Barrera Palacio Abogados


La gran noticia mediática con la expedición de la Ley 2114 de 2021 fue la ampliación de la licencia de paternidad, pasando de ocho días hábiles a dos semanas (14 días calendario), sin embargo, la norma crea dos nuevas figuras que propenden por incentivar una participación activa y equitativa del padre en la crianza del menor y por reducir la brecha de género en el acceso al empleo.

Licencia parental compartida

Se trata de una figura que encuentra sus antecedentes más relevantes en Canadá y Reino Unido, a través de la cual, se faculta a la pareja para acordar que el padre disfrute un número de semanas de licencia, adicionales a las de paternidad, que la madre ha decidido cederle.

Revisemos las características y requisitos para que proceda la licencia compartida:

  • Permite que la pareja distribuya entre sí, las seis (6) semanas finales de las dieciocho (18) semanas de licencia de maternidad.
  • Será remunerada con el salario de quien disfruta efectivamente el tiempo de licencia y a cargo del empleador de cada uno (que recibe el pago de la EPS).
  • Mantiene el derecho a la lactancia.
  • La pareja debe realizar un acuerdo escrito de distribución de las semanas y presentarlo al empleador máximo hasta el día treinta (30) posterior al nacimiento del bebé, el cual debe estar acompañado por certificado médico que debe contener:
    • Fecha probable de parto o constancia de nacimiento.
    • El aval del acuerdo por parte del médico tratante, indicando las fechas de inicio de licencia de cada uno.

Licencia parental flexible de tiempo parcial

Esta licencia permite tanto a la madre como al padre, tomar un tiempo de su licencia y convertirlo en un periodo de trabajo de tiempo parcial (medio tiempo) por el doble del tiempo seleccionado.

Veamos las condiciones para que proceda la licencia flexible:

  • Los padres podrán usar esta figura antes de la semana dos (2) de su licencia de paternidad y las madres a partir de la semana trece (13) de su licencia de maternidad.
  • Debe existir obligatoriamente acuerdo entre empleador y trabajador@, es decir que depende de la decisión del empleador.
  • Se mantiene el derecho a la lactancia.
  • El trabajador@ debe presentar certificado médico que contenga, además de la fecha probable de parto o constancia de nacimiento según sea el caso, indicando la fecha de inicio de la licencia correspondiente.
    • La solicitud deberá presentarse al empleador dentro de los treinta (30) días siguientes al nacimiento y este deberá dar respuesta, aprobando o negando la solicitud, dentro de los cinco (5) hábiles siguientes a su presentación.

Preocupa la ausencia de regulación en materia de seguridad social, ya que el uso de las novedades existentes genera vacíos e inconsistencias que pueden desincentivar el uso de la figura. Es indispensable que el Ministerio de Salud realice el ajuste de la planilla PILA, creando una novedad acorde con las características de este nuevo tipo de licencia.

Conclusiones

  • La licencia parental compartida surge como una figura atractiva, con el objeto de incentivar en la pareja el equilibrio de cargas para el cuidado del menor y del hogar.
  • La licencia parental flexible de tiempo parcial se presenta como una figura interesante para aquellos casos en que la madre o el padre tengan interés en incorporarse anticipadamente a su actividad laboral, a través de una jornada de medio tiempo que le permite atender también el cuidado del menor.

Si quiere conocer las respuestas frente a los interrogantes más relevantes que han surgido sobre la aplicación práctica de las licencias parentales, haga clic aquí para resolverlas al #EstiloBP.

La nueva licencia parental permite responder a la necesidad y derecho de equilibrio y goce del nuevo nacimiento en una pareja. Barrera Palacio realiza un análisis de la norma y ofrece consejos al respecto.

Octubre 2021